En los centros de día y las residencias de mayores se tratan desde los datos más básico de nombres y apellidos a los más sensibles de salud, custodiando la historia clínica completa, asistencias médicas, pruebas realizadas, diagnósticos y el historial farmacológico.

A la vez, recogen datos de carácter social como las circunstancias personales y familiares, en definitiva, su estado psicológico.

Para cualquier ciudadano es importante proteger su privacidad amparada por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) 2016/679 de 27 de abril y la Ley Orgánica (LOPDGDD) 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

Más importante es aun amparar los datos de nuestros mayores, en cuanto muchas ocasiones no se encuentran en igualdad de condiciones para prestar consentimientos ni ejercer sus derechos.

De ahí la importancia que los centros de día y las residencias de mayores conozcan cómo actuar desde su ingreso, gestión diaria y alta respecto a las obligaciones de privacidad.

Para ingresar el mayor o usuario debe ser plenamente capaz de dar su consentimiento, no obstante, los casos en que no tenga plena capacidad se permite a instancia del mismo con trámites que realiza la fiscalía.

Esta incapacidad para ingresar o facilitar el historial también viene amparado por la Ley de Autonomía del Paciente.

Todos los datos básicos y sensibles tratados durante la estancia del usuario o mayor se guardarán mientras dure la estancia, y la historia clínica es de obligada conservación durante 5 años.

En ocasiones se celebran actos en Navidades, Pascuas, Halloween, etc y se realizan fotografías y/o videos para el propio centro o familiares, pero muchas veces se usa para publicarlo en la web o redes sociales; en este caso es necesario el consentimiento del implicado, que en caso de incapacidad será el familiar encargado de dar su consentimiento bien en la inscripción o en un documento al efecto.

En caso de asistencia de familiares a estos eventos, cualquier fotografía o video que realicen no podrán divulgarlo. Únicamente si sale su familiar y su uso sea doméstico.

Todas estas actuaciones, tratamientos y consentimientos vienen amparados por las leyes mencionados y avaladas por Ley 1/1982 de Protección Civil del Derecho al honor, intimidad personal y familiar y a la propia imagen.