El mito del “derecho a desaparecer”.

Muchas personas creen que la protección de datos permite eliminar cualquier contenido de Internet en el que aparezcan.

Esto no es cierto.

Es verdad que existe el derecho de supresión (a veces llamado “derecho al olvido”), pero no es un borrado automático ni universal.

La protección de datos no sirve para borrar hechos públicos, ni información relevante para la sociedad, ni contenidos protegidos por la libertad de información o por derechos de autor.

Entonces, ¿cuándo se pueden borrar datos?

La ley permite pedir la eliminación de datos personales, pero con límites muy claros.

No procede la supresión cuando el contenido:

  • Informa sobre hechos de interés público.
  • Está protegido por la libertad de información o expresión.
  • Debe conservarse por obligación legal.
  • Forma parte de la memoria colectiva o institucional.

Por eso, cada caso se analiza individualmente, valorando qué derecho pesa más en cada situación.

Cuatro ejemplos reales, una misma conclusión.

1️⃣ Imágenes de una persona que fue cargo público

Si alguien participó en actos oficiales o campañas y el contenido es veraz y sigue siendo relevante:

No puede exigir que se borre.

El derecho al olvido no borra la trayectoria pública.

2️⃣ Persona que aparece en todos los medios por un caso de gran impacto social

Cuando alguien adquiere relevancia pública por un hecho excepcional (como una investigación judicial importante):

No suele prosperar la eliminación de su imagen o nombre.

Sí puede pedir correcciones, rectificaciones o evitar excesos.

Más adelante, podría solicitar que se reduzca la visibilidad en buscadores.

3️⃣ Persona que sale “de fondo” en una foto de una noticia

Aquí depende del papel que tenga la persona en la imagen:

Si aparece de forma casual, sin protagonismo → la imagen se mantiene.

Si se le enfoca o identifica sin necesidad → puede retirarse o pixelarse.

4️⃣ Uso de una imagen o fotograma sin permiso

En este caso no hablamos de privacidad, sino de propiedad intelectual:

El problema no es quién aparece, sino quién es el autor.

El titular puede exigir retirada, atribución correcta y compensación económica.

No todo lo relacionado con imágenes es protección de datos.

Conclusión final

La protección de datos protege la intimidad, no reescribe la historia.

No permite borrar hechos públicos ni sustituye licencias de uso.

Internet no es tierra sin ley, pero tampoco un botón de “borrado personal”.

Lo importante es saber qué derecho estás invocando y cuál prevalece en cada caso.

No te pierdas la entrevista completa con Javier Nogueroles, que podrás escuchar cada semana en el programa TIC TAC DATOS de ONDA NARANJA COPE.

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