La muerte no implica la desaparición de nuestra huella digital. Perfiles en redes sociales que siguen activos, fotos que continúan en la nube, correos electrónicos inaccesibles, dispositivos bloqueados… Nuestra vida digital continúa, incluso cuando nosotros ya no estamos para gestionarla.

En un contexto donde cada persona acumula decenas de cuentas y servicios online, planificar la herencia digital ya no es una cuestión tecnológica, sino jurídica, emocional y de seguridad.

¿Qué es exactamente la herencia digital?

La herencia digital es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que mantenemos en el entorno digital. No se limita a redes sociales; abarca elementos como: Cuentas de correo electrónico, Archivos y fotografías almacenados en la nube, Suscripciones y servicios online, Dispositivos (móviles, ordenadores, discos duros), Criptomonedas o wallets digitales y/o Contenidos profesionales (webs, blogs, portfolios)

diferencia de los bienes físicos, lo digital no desaparece automáticamente al fallecer. Muchas plataformas conservan la información hasta que un tercero actúa, Esto genera riesgos y problemas legales.

¿Qué dice la ley sobre los datos de personas fallecidas?

El RGPD no se aplica a los fallecidos, pero sí permite a los Estados miembros regular esta materia, España lo hace en el artículo 3 de la LOPDGDD, que faculta a herederos y personas vinculadas al fallecido a:

  • Solicitar el acceso a sus datos personales
  • Pedir su rectificación o supresión
  • Formular instrucciones sobre su tratamiento

Esto significa que, por ley, los familiares pueden pedir a las plataformas que gestione o elimine los datos del fallecido, siempre que no exista una prohibición expresa de este.

Las plataformas, por su parte, pueden tener procedimientos propios (Facebook Memorial Accounts, Google Inactive Account Manager…), pero siempre deben respetar la normativa española cuando el fallecido era residente en España.

¿Por qué es importante planificar la herencia digital?

Razones emocionales: Perfiles activos pueden mostrar recuerdos no deseados, interacciones automáticas o avisos de cumpleaños que causan dolor innecesario a las familias.

Razones de seguridad: Los ciberdelincuentes saben que los perfiles de personas fallecidas no suelen cerrarse, no tienen doble factor activo y siguen vinculados a cuentas bancarias o servicios.

Esto facilita suplantaciones de identidad, fraudes o secuestro de cuentas.

Razones legales: El derecho a la supresión, conocido como «derecho al olvido», sigue siendo ejercitable por los herederos (arts. 17 RGPD y 15-18 LOPDGDD).

No planificar implica dejar a terceros con la carga de gestionar procedimientos que podrían durar meses.

Razones de gestión patrimonial: En el caso de profesionales, autónomos o pymes: webs corporativas, dominios, cuentas de publicidad o herramientas SaaS, pueden bloquearse si nadie tiene acceso, ocasionando incluso pérdidas económicas.

Como gestionar la herencia digital

Elaborar un inventario digital

Haz una lista con periodicidad anual o bianual de: Cuentas, Contraseñas, Dispositivos, Carteras digitales y/o Plataformas profesionales.

Clasifica cada elemento en: conservar, transferir o eliminar.

Nombrar un albacea digital

En España no existe una figura formal en el Código Civil, pero sí puedes incluirlo en tu testamento añadiendo instrucciones específicas o redactar un documento de voluntades digitales.

Este representante gestionará tus cuentas según tus instrucciones.

Establecer instrucciones por cada activo digital

Cerrar un perfil de Instagram, Convertir Facebook en cuenta conmemorativa, Mantener un blog profesional online, Eliminar conversaciones privadas y Conservar fotografías para la familia. Cuanto más claro y específico, mejor.

La herencia digital en pymes, autónomos y asociaciones

Para los profesionales, la herencia digital no es solo personal: puede afectar a la continuidad del negocio.

Recomendaciones específicas:

  • Incluir accesos críticos (ERP, CRM, dominios, correos corporativos).
  • Documentar propietarios de licencias y suscripciones.
  • Establecer un procedimiento interno para “continuidad digital” en caso de fallecimiento o incapacidad.
  • Definir la titularidad de redes sociales corporativas para evitar que dependan de una sola persona.

Esto forma parte de la gobernanza de datos y es un pilar importante para evitar interrupciones operativas o disputas internas.

Conclusión: un acto de responsabilidad y de cuidado

Planificar nuestra huella digital no es una obsesión: es sentido común.

Quick LOPD | RGPD
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.